El Servicio de Impuestos Internos de Chile avanza en la detección y control de la elusión fiscal con el apoyo de EUROsociAL

El SII de Chile recibe hasta diciembre de 2015, 7.832 declaraciones voluntarias de capitales en el exterior. Los impuestos ingresados por este concepto superan los US$1.502 millones de dólares

En el marco del área de Finanzas Públicas del Programa EUROsociAL, financiado por la Unión Europea, se ha apoyado al Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile con una asesoría especializada para elaborar programas y planes para la fiscalización del cumplimiento de los requisitos de la norma de declaración voluntaria de bienes en el exterior.

La reforma tributaria de Chile, aprobada en la Ley N° 20.780 de septiembre de 2014, incorporó por primera vez en el Derecho Tributario chileno la descripción de figuras anti elusivas vinculadas con el abuso de formas jurídicas y la simulación, facultando al Servicio de Impuestos Internos (SII) para determinar liquidaciones de impuestos previa autorización judicial.  Las modificaciones que introduce la Ley N° 20.780 en el Código Tributario chileno pretenden recoger la experiencia de normas anti elusivas como la española, por lo que el SII de Chile manifestó su interés en conocer la experiencia española en cuanto a la interpretación de la normativa antielusión, así como respecto de procedimientos de auditoría desarrollados para su detección, las buenas prácticas de fiscalización en este ámbito, los resultados de gestión y la jurisprudencia de los tribunales en la materia. 

Para dar respuesta a la solicitud de la Administración Tributaria Chilena, se desplazaron a Chile en el mes de mayo de 2015, dos expertos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de España (AEAT), para apoyar al SII en la elaboración de programas y planes para la fiscalización del cumplimiento de la norma de declaración voluntaria de bienes en el exterior. El objetivo de la actividad partió de analizar la experiencia española en medidas similares, que permitieran implementar en Chile mecanismos adecuados que, por un lado, incentiven la presentación por parte de los contribuyentes de estas declaraciones y, por otro, permitan una adecuada fiscalización de las mismas.

En la actividad participaron cerca de una veintena de funcionarios de diferentes departamentos del SII: Gabinete del Director, Subdirecciones de Fiscalización y Jurídica, Dirección de Grandes Contribuyentes y de las Direcciones Regionales Metropolitanas Centro, Poniente, Sur y Norte.

La norma incluida en la Reforma Tributaria está dirigida a los contribuyentes domiciliados, residentes, establecidos o constituidos en Chile con anterioridad al 1 de enero de 2014, quienes pueden optar voluntariamente por declarar ante el Servicio de Impuestos Internos ciertos bienes y rentas que se encuentren en el extranjero o en el país, y que estando sujetos al pago de impuestos no hayan sido declarados oportunamente y se establecía como plazo hasta el 31 de diciembre de 2015 para declarar voluntariamente bienes o rentas que se encuentren en el extranjero, pagando un impuesto especial del 8%, sustitutivo de los demás impuestos que pudieren haber afectado a los bienes o rentas declarados. Este mecanismo excepcional ha estado en vigor hasta el 31 de diciembre de 2015, a partir de esa fecha se aplica el régimen obligatorio de declaración de rentas pasivas extranjeras que estableció la misma Ley.

Como resultado hasta el 31 de diciembre se recibieron en el SII un total de 7.832 declaraciones de contribuyentes que se han acogido al sistema voluntario y extraordinario de declaración de bienes o rentas que se encuentren en el exterior, que estableció el artículo 24 Transitorio de la Reforma Tributaria. Los impuestos ingresados en las arcas fiscales por este concepto superan los US$1.502 millones de dólares.
Esta actividad se enmarca en la acción de cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias del Programa EUROsociAL, financiado por la Unión Europea, coordinado por la FIIAPP y en la que la AEAT y el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) actúan como socios operativos.

Puede acceder a más información sobre este tema en la web del SII de Chile

FIIAPP/AEAT/CIAT